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La libertad es una idea fundamental a la hora de contraponer la democracia directa y la anarquía, pues el modo de entenderla en cada caso produce consecuencias muy dispares en la organización de la vida colectiva. Por este motivo es importante dedicarle una atención especial.

 

El debate sobre la idea de la libertad es muy antiguo. Sin embargo, en tiempos más recientes ha adquirido un nuevo carácter debido a las transformaciones de la sociedad moderna. Así, tras la revolución francesa, fue Benjamin Constant quien retomó esta cuestión al plantear la libertad conforme a dos concepciones antitéticas, la de los antiguos y la de los modernos. Más tarde, ya en el s. XX, fue Isaiah Berlin quien hizo una contribución significativa en este sentido al establecer la distinción entre libertad positiva y libertad negativa, lo que con otros términos vino a actualizar el punto de vista de Constant.[1]

 

En la democracia directa la libertad es entendida como libertad positiva, lo que quiere decir que consiste en la posesión de la capacidad y de los recursos precisos para conseguir aquello que se desea. Se trata de una libertad para algo o libertad para autodeterminarse, es decir, libertad para actuar o para ser tal y como uno desea.[2] Una forma simplificada, y hasta cierto punto reduccionista, de esta concepción de la libertad es considerarla sinónimo de poder en la medida en que implica la capacidad para lograr determinados resultados.

 

La idea de libertad antes descrita tiene sus antecedentes modernos más inmediatos en la obra de Baruch Spinoza, quien afirma que la salida del estado de naturaleza se produce por razones de potencia, pues en este estado lo que impera es la mutua impotencia y, por tanto, la inseguridad. De esta forma, Spinoza plantea que la fundación de la comunidad política tiene como finalidad no la potencia, sino la libertad. Así, el poder de la comunidad política se convierte en el medio a través del que alcanzar la libertad: “Finis reipublicae libertas est”.[3] Por tanto, para Spinoza la razón de ser de la república es hacer libres a sus ciudadanos para que puedan desarrollar al máximo su razón. En este sentido, cabe señalar que Spinoza establece que el derecho a razonar es el único derecho que no se aliena, mientras que todos los demás son transferidos a la comunidad política a la que se le debe obediencia absoluta.

 

El principal teórico de la democracia directa, Jean-Jacques Rousseau, desarrolla su particular forma de entender la libertad que en esencia es identificada con el ejercicio del poder por la comunidad política. Así, para empezar, Rousseau establece que el tránsito del estado de naturaleza al estado civil supone la alienación de todos los derechos naturales de los que está provisto el individuo. Estos derechos son transferidos en su totalidad a la comunidad. Esta transición consiste en que el individuo abandone el estado de naturaleza en el que no es libre al estar dominado por sus instintos para entrar en el estado civil en el que alcanza la libertad, la cual es realizada al obedecer las leyes que él mismo se ha dado.

 

En la democracia directa la libertad es, entonces, el ejercicio del poder político por los ciudadanos reunidos en asamblea. La libertad, así entendida, consiste en una forma de acción colectiva que se manifiesta en el proceso decisorio que da lugar a las normas que rigen en una determinada comunidad. Por tanto, la libertad se expresa a través de la voluntad general en la asamblea y la configura la voluntad de la mayoría. La libertad reside en la asamblea popular y soberana, de lo que puede concluirse que la libertad consiste en última instancia en el ejercicio de la soberanía entendida esta como un poder originario, no dependiente ni externa ni internamente, que confiere el derecho indiscutido a utilizar la violencia sobre quienes integran la comunidad política en un determinado espacio geográfico.

 

Debido a que el individuo no dispone de derechos frente a la comunidad, el ámbito de actuación de esta es ilimitado, lo que permite su intervención en todas las esferas de la vida humana. Cualquier cuestión puede ser deliberada en la asamblea y sometida a votación para adoptar una resolución, lo que puede conducir a todo tipo de escenarios: desde obligarle a alguien a llevar un determinado corte de pelo hasta forzarle a recibir un determinado tratamiento médico. Debido a que la asamblea constituye el poder supremo en la sociedad, y que está facultada para decidir acerca de cualquier cuestión, la política se convierte en el único plano de la existencia en el que es posible la realización de la libertad. No hay, entonces, libertad posible si no es en el terreno de la política, es decir, en el ejercicio del poder. Por tanto, la libertad está en la asamblea popular soberana, en donde se ejerce el poder, mientras que fuera de ella sólo existen los mandatos y todas aquellas obligaciones impuestas por la asamblea.

 

La libertad como poder requiere, además, un aparato ejecutivo con el que disponer de los medios necesarios para hacer cumplir las decisiones de la mayoría, de forma que las leyes aprobadas no sean letra muerta. Esto significa la presencia de un aparato de vigilancia, supervisión y represión que en la democracia directa no es de carácter profesional, pero que permite hacer obligatorias las resoluciones de la asamblea. Así es como aparecen todo tipo de funcionarios, de carácter rotatorio y extracción popular, que se ocupan de estas tareas de control. Funcionarios que desempeñan labores de policía, que ejercen magistraturas, que forman parte de comités de control, etc. A lo que se suma la existencia de un sistema de castigos que es aplicado por estos mismos funcionarios o, en su caso, en una asamblea judicial. Cuerpos policiales, magistraturas, cárceles, etc., forman parte del sistema de democracia directa aún cuando estos mecanismos de control y represión no estén compuestos por personal profesional.

 

La paradoja de la libertad en la democracia directa no es otra que la instauración de una convivencia social forzada en la medida en que persiste una separación entre gobernantes y gobernados. Esto implica la existencia, a su vez, de una relación jerárquica en la que la mayoría gobierna a la minoría, lo que significa privarle de libertad al obligarla a acatar las resoluciones adoptadas por la mayoría en la asamblea. En la práctica se trata de una usurpación del derecho del individuo y de los colectivos a disponer de sí mismos, y a adoptar aquellas decisiones que les resulten más convenientes según su interés particular sin menoscabo de lo que la mayoría decida hacer en cada momento. Por esta razón, puede afirmarse que desde una perspectiva libertaria la democracia directa constituye una tiranía.

 

La anarquía, en contraste con la democracia directa, se basa en una concepción de la libertad que se corresponde con la libertad negativa. Esto quiere decir que consiste en la ausencia de interferencias de otras personas y, por tanto, la ausencia de restricciones externas como las que establece una autoridad que regula las relaciones de los miembros de una comunidad. Por esta razón, la libertad negativa suele identificarse con la ausencia de coacción, pues en los sistemas en los que existe algún tipo gobierno existen también medios coercitivos que obstaculizan la acción de los individuos.

 

A partir de lo anterior se infiere que la idea de libertad que entraña la anarquía está relacionada, a su vez, con la ausencia de un gobierno o ente regulador que, por medio de la coacción, establece restricciones sobre las acciones de los individuos. Esta concepción de la libertad está intrínsecamente unida al principio de no agresión por el cual la anarquía implica que no se reconoce a nadie el derecho a coaccionar a otras personas, pues dicho derecho es el principio de toda forma de gobierno y, por tanto, del establecimiento de una relación social jerárquica entre gobernantes y gobernados.

 

La libertad en anarquía significa la ausencia de un ente coactivo encargado de controlar y regular a las personas y, por tanto, de limitar su potencial para someterlas a sus propios intereses. En anarquía es donde los condicionantes del individuo, aquellos que se corresponden en su mayor parte con el contexto social, cultural e histórico que le ha tocado vivir, son su principal limitación al ser realidades que le vienen dadas. A partir de esas condiciones el individuo puede desarrollar todas sus potencialidades mientras respete la libertad de los demás, pues no está sometido a los impedimentos externos de una autoridad que trata de controlar todos sus movimientos.

 

En anarquía las personas disfrutan de la libertad a través de los múltiples y diferentes tipos de relaciones sociales que establecen. En este sentido, la libertad se desarrolla a través del libre acuerdo entre las personas, las cuales cooperan entre sí para satisfacer sus propios intereses sin la injerencia de terceros. Puede decirse que en anarquía la libertad se ejerce en multitud de ámbitos distintos, lo que contrasta con la democracia directa en donde la libertad se realiza a través de la participación política y, por tanto, en el ejercicio del poder político. Debido a esto, la anarquía es pluralista en el sentido de que la libertad, más allá de la ausencia de impedimentos externos, no se limita a ser un concepto abstracto y unidimensional, sino que es polifacética al encontrar su concreción en multitud de ámbitos distintos, lo cual permite hablar, a su vez, del ejercicio de múltiples libertades.

 

La anarquía conlleva una visión de la libertad que abarca tanto al individuo como al colectivo, pues el primero es el fundamento del segundo, no pudiendo haber una sociedad libre sin que los individuos que la integran sean igualmente libres. Este planteamiento por el cual, como se ha explicado, favorece el desarrollo de las potencialidades del individuo, redunda en beneficio del conjunto de la sociedad que, a su vez, desarrolla sus propias potencialidades.

 

[1] Benjamin Constant en el s. XIX sobre la libertad en los antiguos y en los modernos. Berlin, Isaiah, Dos conceptos de libertad y otros escritos, Madrid, Alianza, 2005. Constant, Benjamin, Sobre el espíritu de conquista. Sobre la libertad en los antiguos y en los modernos, Madrid, Tecnos, 2002.

[2] Heyman, Steven J., “Positive and Negative Liberty”, Chicago-Kent Law Review, Vol. 68, 1992, pp. 81-90.

[3] Spinoza, Baruch, Tractatus theologico-politicus, París, Presses Universitaires de France, 1999, p. 636.